este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de las contenidas en el numeral 3 del 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada ocho (08) días, por un lapso de seis (06) meses, por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, impuesta a los imputados de autos en fecha 20-01-2007; Segundo: Ordena la inmediata APREHENSIÓN de los imputados de autos, ciudadanos RONNY JOSÉ MAYZ VELÁSQUEZ, Venezolano, nacido en fecha 26/08/1984, de 22 años de edad, C.I: 17.910.492, soltero, residenciado en Barrio El Dique, Calle 5, casa s/n de esta ciudad de Cumana Estado Sucre, quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los Artículos 277 y 218 del Código Penal y.....