En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JESÚS ANTONIO FIGUERAS VILLAHERMOSA y LUISA VERÓNICA GONZÁLEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.661.798 y V-13.630.580 respectivamente, domiciliados el primero en el sector 23 de enero, calle caballero Sarmiento, casa N° 149, Municipio Anaco, Estado Anzoátegui, y la segunda en la Urbanización Los Cocalitos, calle Principal, casa N° 252, Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido d.....