Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud interpuesta por la Representación Fiscal; y en consecuencia se acuerda sustituir la Detención Judicial Preventiva de Libertad, impuesta en fecha 02-05-2007, a los adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quienes se les imputa la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO EN RIÑA Y LESIONES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 406 y 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Alexander Ortega, Jefferson Antonio Suárez Bedoya, Hender Rey Ortíz, Luís Fernando Colmenares Villamizar, Elber Yimer Bedoya Malaver y José Ignacio Bedoya Malaver (occiso), sustituyéndola por la medida cautelar sustitutiva contenidas en el literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo presentar cada uno de ellos un fiador que acredite ingresos iguales o superiores a las TREINTA (30) Unidades Tributarias. Se acuerda li.....