Este Tribunal Primero de Ejecución, para decidir observa: que en fecha 23 de marzo del corriente, al señalado penado se le otorgó la libertad, en virtud de una conmutación de pena por Confinamiento, que se le realizó en esa misma; ahora bien, la detención ocurrida fue motivada a que no fue retirada del Sistema SIIPOL, la orden de aprehensión que existía en contra de Juan Carlos Amundaray Carvajal y que ya había sido ejecutada. En consecuencia se acuerda la inmediata libertad del penado Juan Carlos Amundaray Carvajal, venezolano, mayor de edad, titular de al cédula de identidad N° 13.772.500 y domiciliado en Barcelona Estado Anzoátegui, junto con oficio al ciudadano Comandante de la Policía del Estado Sucre por ser el sitio donde se encuentra recluido.