Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo Del Estado Sucre, actuando en sede contencioso administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida cautelar DE SUSPENSION DE EFECTOS, del acto administrativo contenido en el expediente 021-2015-01-00388, signado con el N. 244-2015 de fecha 08 de diciembre de 2015 emanado la Inspectoría del Trabajo de Cumana, Estado Sucre, que ordena cual ratifica la orden de reenganche y la restitución a la situación jurídica infringida con el consecuente pago de los beneficios laborales dejados de percibir entre otros, de la ciudadana YAMILETH VERENICE FARIAS MARIN, titular de la cedula de identidad N° V-13.052.384.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia De Juicio Del Trabajo.....