Se Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los Adolescentes: "Omisis"; por estar los mismos presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de la Ciudadana: Midaimarys José Fuentes Cabello, esto con la finalidad de asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 628, parágrafo segundo, literal "A", en relación con el artículo 559, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes.