Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada CARMEN ELENA RONDÓN, en su carácter de Fiscal Auxiliar Sexta Interina de Responsabilidad Penal de Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, contra sentencia Publicada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 11 de Noviembre de 2013, mediante la cual ABSOLVIÓ al adolescente D. A.T.V. en la causa seguida en su contra por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES LEVES, previstos en los artículos 458 y 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS BELTRÁN LUNAR RIVERO. SEGUNDO: Se fija de conformidad con el .....