este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decreta Medida Cautelar sustitutiva de Libertad, para el Ciudadano Alían José Zorrilla Figueroa, de 24 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 14.311.294, nacido en fecha 07-10-1980, Natural de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, Residenciado en Yaguaraparo, Calle Sucre, Casa N° 36 Municipio Cajigal del Estado Sucre, de profesión u oficio Barbero, e hijo de Rómulo Zorrilla y de María Gisela Figueroa, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de Euddy Herminio González, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal.