nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con Lugar la solicitud formulada por el Representante del Ministerio Público, a la cual se adhirió la Defensa Pública Penal; en consecuencia, se acuerda la Libertad Sin Restricciones de los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda la continuación de la presente causa por las disposiciones del procedimiento ordinario, tal y como fue solicitado por la Representante del Ministerio Público.