Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Decreta LA PRIVACION JUIDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano ALFREDO LUIS MORALES GOMEZ, venezolano, nacido en fecha 08/09/1975, de 31 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.419.483, residenciado en la calle Sarmiento (indigente), de esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre, por estar incurso en el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 453 Ordinales 3°, 4° y 6° de la Reforma Parcial del Código Penal en perjuicio del Establecimiento Comercial Impre Papeles Escolares. En consecuencia, líbrese boleta de encarcelación a nombre del mencionado imputado al Director del Internado Judicial del Estado Sucre, informándole de la reclusión del referido imputado, quedando el mismo a la orden de este Tribunal. En este estado, toma la palabra el imputado, quien manifiesta que estuvo ocho años detenido en el Internado Judicial, donde tuvo problemas e.....