Por todos estos razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acoge totalmente la solicitud del Fiscal 11° del Ministerio Público y Decreta LIBERTAD PLENA a favor de ciudadano JOSE AGUSTIN BARRERA MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.239.072, de profesión u oficio Funcionario Policial, residenciado en Santa Fe, Sector Camino Viejo, Casa Sin Numero, Municipio Raúl Leoni, del Estado Sucre; Se acuerda seguir la presente causa por el procedimiento ordinario