Esta juzgadora pasa a decidir Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA La Libertad sin restricciones a favor del imputado: Oscar Antonio Acosta Malave, Venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 14.291.868, nacido en fecha 27-03-73, de oficio indefinido, hijo de Siberiano Acosta y Cecilia Malave y Domiciliado en Canchunchu Viejo, Sector La Cruz, casa S/N, el Municipio Bermúdez, Carúpano del Estado Sucre, todo ello a solicitud de la Fiscal del Ministerio Publico, en virtud de que en las actas presentada por la Representante Fiscal, no existen suficientes elementos de convicción, en razon de que el procedimiento Policial no cumple los extremos de Ley, que determina que el imputado Oscar Acosta Malave haya resistido a Autoridad alguna, así mismo, no consta testimonio de los funcionarios actuantes, que corroboren el acta policial de procedimiento en Flagrancia,, suscrita por el cabo Ernes.....