DECISION
este Tribunal 3° de Control Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano ALEJANDRO BAUTISTA MATA, venezolano, titular de la cédula de identidad número 15.575.338, de 25 años de edad, nacido en fecha 23-09-1982, soltero sin profesión definida, y residenciado en Barrio Los Molinos 1° calle casa S/N, Cumaná Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS EESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal. Pena que cumplirá aproximadamente en el año 2010 en el establecimiento Penal que determine el Tribunal de Ejecución Competente, si fuera el caso. .....