Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JESÚS MARDEN AMARO ALCALÁ, Defensor Público Penal del imputado MAXIMILIANO RAFAEL ROSA, contra decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 28 de Septiembre de 2009, mediante la cual decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado ante mencionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y ROBO DE VEHÍCULO en perjuicio del ciudadano LUIS RAMÓN CABELLO HERNÁNDEZ.-