El Tribunal, visto lo anterior y como quiera que no hubo reconciliación entre los cónyuges en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES. En tal sentido DECLARA DISUELTO El VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: ROBERTO CARLOS GARCIA PEREZ y ELIZABETH ELENA RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.888.044 y V-15.110.451, respectivamente, el primero con domicilio en el Sector de Versalles, Calle Junín, Casa Nº 164, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y la segunda con domicilio en la Urbanización Villa Granja Cantarrana, Calle Principal, Casa Nº 9, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, por ante la Prefectura del Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, en fecha Veinticinco (25) de Enero del año Dos Mil Cinco (2005), en los términos indicados en la solicitud por mutu.....