Por todos los razonamientos anteiormente expuestos, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del código orgánico procesal penal, AUTORIZA a la Físcalía Primera del ministerio Público Para prescindir de la acción penal seguida contra el ciudadano Hendry García Rodriguez, Venezolano, mayor de edad, soltero, de oficio agricultor, titular de la cédula de idéntidad N° V-10.215.131, y residenciado en Curagual, via Caituco, casa S/N, santa Rosa, Municipio Benitez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones personales leves, previsto en el artículo 418 del código penal en perjuicio del ciudadano Isidro Rojas declarandose la EXTINCIÓN de la referida acción penal y consecuencialmente a tenor de lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del código orgánico pro.....