Por las consideraciones anteriormente señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano: ANGEL ALEXANDER VENERO, identificados con la Cédula de identidad Nº 11.261.263, en contra de la Sociedad de Comercio FLOTA INDUSTRIAL ZERPAMAR, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 08-05-2006, bajo el Nº 71, Tomo 1317 A. No hay condenatoria en costas por considerar que no es temeraria la acción.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Esta.....