Revisadas como han sidos las presentes actuaciones, que conforman el presente expediente y por cuanto se observa:
Que en fecha 21 de febrero del año 2.007, en la oportunidad en que el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Arismendi Y Libertador del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, se encontraba practicando la Medida Preventiva de Embargo decretada en el presente juicio, las partes intervinientes en el solicitaron a dicho Juzgado la suspensión de la medida por oferta propuesta por la parte demandada, siendo aceptada la misma, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la TRANSACCIÓN suscrita de conformidad con.....