En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, que fuera formulada por la Juez Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre y se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de INHABILITACIÓN que presentara la ciudadana YAMILET DEL VALLE URRIETA ESCRIBANO, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.590.753 y domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, casa S/N de la ciudad de Cariaco, Parroquia Rendón del Municipio Ribero del Estado Sucre, a favor del ciudadano DIMAS ANTONIO URRIETA, venezolano, mayor de edad, soltero, del mismo domicilio de la solicitante, .....