Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a Williams Manuel Ordaz Salazar, quien es venezolano, Soltero, nacido en fecha 23-09-85, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.622.552, de oficio obrero, hijo de: Williams José Ordaz y Julini Isabel Salazar, residenciado en Rió Caribe, Calle Zea, Casa S/N, Frente a la Plaza Sucre, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO de prisión, por el delito de Robo Leve, previsto y sancionado en el artículo 456, ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Jutta Annemarie Thess. Todo en conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse en su oportunidad legal las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución Competente.
La Jueza Cuarta de Control .....