este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda decretar al ciudadano ABELARDO JOSÉ JIMENEZ RIVERO, venezolano, de 35 años de edad, soltero, de profesión u oficio pescador, natural de Cumaná, nacido en fecha 29/09/1973, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.276.521, hijo de Carmen Josefina Rivero de Jiménez y Pedro Antonio Jiménez, residenciado en Santa Fe, Calle La Boca, casa s/n, cerca la playa y el muro de Contención, Población de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Estado Sucre; a quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración en perjuicio de José Reinaldo Carvajal; medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, de la contenida en los ordinales 3° 5° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada 15 días por ante el Puesto Policial de la Población de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni .....