En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JAVIER JOSE MATA SALAZAR, en contra de ALCALDIA DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SEGUNDO : SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTO NOVENTA BOLIVARES ( Bs. Bs. 28.290,000), por los conceptos de Antigüedad 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones, Bono Vacacional, Cesta Ticket , y la indemnización del articulo 125 de la Ley Organica del Trabajo, determinados en el cuerpo de esta sentencia, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaci.....