este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta Primero: La Cesación de Libertad asistida, y la Continuación sucesiva de la medida de Reglas de conducta por el lapso de Un (1) años y Seis (6) meses, Segundo: continuar con sus estudios, presentando constancia de inscripción Tercero: Con no estar fuera de su hogar después de las 10:00 p.m.; Cuarto: No salir de la jurisdicción del Tribunal, Sin previa notificación al mismo; Quinto: presentarse una vez al mes por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; Sexto: No cometer nuevos hechos delictivos, dicha medida vencerá el 6 de octubre de 2010; notifíquese al personal técnico adscrito al centro socio-educativo Dr. Agustín Ortiz Rodríguez. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Mildred De.....