Por las consideraciones antes expuestas el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, previa solicitud del abogado GERSÓN MIGUEL VILLAMIZAR GARCÍA, Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Sucre, ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA VICTIMA, consistente en Apostamiento Policial Permanente por parte de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, decretada por el Juzgado Primero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,4,5,7 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor del ciudadano JHON ALEJANDRO BETANCOURT, víctima del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES EN GRADO DE COM.....