Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada BEATRIZ E. PLANEZ DE LA CRUZ, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano D. J. M. M., contra Sentencia Definitiva, dictada por el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 15-12-2006 y publicada en fecha 19-12-2006, mediante la cual SANCIONÓ al ciudadano antes mencionado a cumplir la sanción de CINCO (05) AÑOS de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO y AGAVILLAMIENTO en perjuicio del ciudadano DOMINGO ALBERTO MOTA JARAMILLO (OCCISO).- SEGUNDO: Se fija de conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, .....