este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Marítimo, Bancario y Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la INTERDICCION de la ciudadana MARÍA DEL VALLE AZA ORTIZ, titular de la cédula de identidad N° V- 3.336.306 y de este domicilio; solicitada por la ciudadana CARMEN ELIZABETH AZA ORTIZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.337.094, asistida por el abogado en ejercicio FIDELINO B. DÍAZ GONZÁLEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.175 y SEGUNDO: Se nombra como TUTOR ORDINARIO de la ciudadana MARÍA DEL VALLE AZA ORTIZ, ya identificada "ut supra", a su hermana plenamente identificada en las actas procesales, la ciudadana CARMEN ELIZABETH AZA ORTIZ