En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE.- SE ACUERDA EL TRASLADO del penado JOSE ALFREDO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad N° 13.835.834, al Estado Nueva Esparta en la siguiente dirección: Porlamar, Barrio Los Olivos Calle Miramar N° 16, SE NIEGA, el alargar las presentaciones por ante la primera autoridad Civil a cada Quince (15) días, la cual no podrá ser más de una vez al día ni menos de una vez a la semana conforme lo establecido en el artículo 20 del Código Penal. y SE ORDENA
1. Oficiar al Prefecto del Estado Yaracuy, ubicado en el lugar donde reside el penado a fin de que informe a este Tribunal el cumplimiento en las presentaciones por parte del penado, ante ese Despacho. Así mimo infórmesele que se acordó el Traslado del Penado para el Estado Nueva Esparta lugar en el cual seguirá cumpliendo con las condiciones impuestas al .....