D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ALINA GARCÍA, actuando con el carácter de Defensora Privada, contra decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, en fecha 09 de mayo de 2006, mediante la cual condenó a cumplir la pena de quince (15) años de presidio, al ciudadano: JAVIER ENRIQUE AGUILERA, por la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE con Alevosía, previsto y sancionado en los artículos 405 en concordancia con el Artículo 77 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DAVIS JOSÉ ROSAL MORENO. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el A quo en todas y cada una de sus partes. Todo de conformidad con las previsiones de l.....