SE AUTORIZA LA APREHENSION del ciudadano HERNIN LUIS CASTILLO, CEDULA DE IDENTIDAD Nro 24.065.054, residenciado en el sector Cumanacoita, casa sin numero, por considerar que existen fundados elementos de convicción en las actuaciones para estimar que ha sido autor o participe en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO, previstos y sancionados en el artículos 406 numeral 1 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de JONAS RAFAEL MAYORCA en consecuencia, LIBRESE ORDEN DE APREHENSION y junto con oficio remítase al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, al Comandante de Guardia Nacional en esta ciudad de Cumaná, y al Comandante General del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, a los fines que una vez aprehendido sea puesto a la orden de la Fiscalía del Ministerio Público correspondiente y presentado dentro del lapso legal ante el Juez de Control.- Cumplido lo anterior remítanse de inmediato las prese.....