DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Quinto de Control, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Publico en el asunto seguido al acusado EDGAR RAFAEL MALAVE, venezolano, 21 años de edad, natural de Carúpano, nacido el 21-10-1985, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.922.050, de oficio obrero, hijo de Isabel Malave y Juan Rafael Malave, domiciliado en Playa Grande, calle 6, casa numero 10 urbanización virgen del valle, Municipio Bermúdez, Carúpano Estado Sucre, por estar incursos en la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio de Malvelys Mata Quijada. Se emplaza a las partes para que en el lapso de cinco (5) días concurran al Tribunal de Juicio correspondiente. Remítase la presente causa a la Fase de Juicio en su debida oportunidad legal......