Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE PARCIALMENTE la acusación Fiscal conforme al articulo 378 literal A de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en contra del Acusado XXXXXXXXXXXX, por su presunta participación en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXX, presentada en fecha 08/11/07, que corre inserto a los folios 66 al 78 del expediente, la admisión parcial se debe a que no se admite el acta policial de fecha 12/05707 la cual ha sido promovida como documental toda vez que no es un documento para ser incorporado de conformidad con el numeral 2° del articulo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.- En cuanto a la solicitud contenida en el capítulo VI de solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de libertad en contra del acusado, este Tribunal admite la misma y some.....