Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, acuerda conceder al Penado Juan Leonardo Ramos Viñas, permiso para pernoctar fuera del internado judicial por el lapso de seis (6) meses, tiempo este durante el cual deberá presentarse una vez por mes, ante este Tribunal y por ante la unidad técnica de apoyo al sistema, debiendo consignar evaluación medica, que constate el sometimiento al tratamiento de Tuberculosis Pulmonar.