Por las consideraciones, antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito, Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por Pretensión Reivindicatoria hubiere instaurado los ciudadanos MARKIUS DEL CARMEN MUÑOZ RIVERO Y WILME RIVERO NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.698.581, Y 8.439.928, debidamente representados por el abogado ARTURO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.943 contra el ciudadano UBALDO JOSÉ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, el cual estuvo representado por el defensor ad-litem GUSTAVO BARAZARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.279.
Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se advierte a las partes que la presente d.....