Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SE DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE de los OMISIS, conforme a lo previsto en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por Mandato del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se ordena la continuación del Procedimiento por la vía Ordinario.
SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, contra los adolescentes OMISIS, fecha de nacimiento: 14-04-1991, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.375.925, estudiante de Bachillerato, hijo de Rosangele González de Tovar y Acaseres Tovar, residenciado en la Recta de Guiria, por la Zona Industrial, Casa N° 58, cerca de la empresa ISALCA, Carúpano, Estado Sucre y OMISIS; conforme a lo establecido en el articulo 582 Literal "C" Ibíd.....