acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado GEMILSON JOSE SANCHEZ BRITO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.285.555, y remitirla a los Cuerpos Policiales, para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES y posterior traslado a la Comandancia de Policía del Estado Sucre, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Primero de Ejecución. Una vez capturado se fijará la audiencia donde se decidirá sobre lo relativo al Confinamiento otorgado. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese a los Cuerpos de Seguridad del Estado Sucre y a la Comandancia de Policía del Estado Sucre; Notifíquese a la Prefectura del Municipio Bermúdez. Es todo. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA