el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada por denuncia del ciudadano CARLOS ALFONZO MARIN RESTREPO; por el delito de APROPIACION INDEBIDACALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal vigente para el momento del hecho, que se atribuye al ciudadano ANGEL CUSTODIO SAUREZ CARREÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad n° 5.984.304, residenciado en el Barrio 4 de Diciembre, vereda 07, casa n° 01, Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre; en perjuicio del ciudadano CARLOS ALFONZO MARIN RESTREPO, venezolano, titular de la cédula de identidad n° 11.837.367, residenciado en Araya, Calle i, casa n° 19, Municipio Cruz salmeron Acosta, Estado S.....