El Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en virtud de la falta de pruebas suficientes que desvirtúen la presunción de inocencia y consecuencialmente que acrediten la autoría de los acusados y vista igualmente la solicitud de sentencia absolutoria planteada por la defensa, por estimársele ajustada a derecho, sobre la base del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE a los ciudadanos Gherson Luís Astudillo Cortez, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.706.772, natural de Cumaná, nacido en fecha 21-06-1962, casado, de ocupación entrenador, y residenciado en Primera calle del Pui Pui, casa N° 18, Cumaná, Estado Sucre; José Rafael Astudillo Cortez, venezolano, de 53 años .....