Por lo que al constatar este Juzgado existe presunción grave del derecho que se reclama , y en razón de que existe una masa de trabajadores esperando la solución de la presente controversia , a los fines de garantizar que no quede ilusoria la pretensión de los mismos pasa a pronunciarse sobre la medida cautelare solicitada en consecuencia :
Se acuerda la retención de la cantidad de Bs. 637.015,85 del monto que se le cancelara a la empresa producto de la expropiación. Líbrese oficio a la Corporación venezolana Agraria, a la Procuraduría y a la Direccion de expropiaciones. Cúmplase. Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada.
La jueza,
Abg. Albelu Villarroel