Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en este estado del proceso y sobre la base del numeral cuatro del artículo 318 Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a la ciudadana KARINES DEL VALLE AMUNDARAY HERNANDEZ, venezolana, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15297227, soltera, nacida en fecha 04-08-1977, de profesión u oficio N° indefinido, hija de Mije Henríquez Y Santo Rondón, residenciada en la Urb. Brasil Sur, sector Buena Familia, casa S/N de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, y asistida por la Defensora Pública abogada María Ortiz; en causa iniciada por la presunta comisión de delito previsto en la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; conforme lo ha solicitado el Fiscal Undécimo.....