Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR PRIVATIVA DE LIBERTAD, decretada en contra de los ciudadanos ARGENIS ANTONIO RODRIGUEZ y LUIS CARLOS DÍAZ, suficientemente identificados en las actas procesales; con fundamento en los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo acuerda el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta a la ciudadana YEISY DEL CARMEN JIMENEZ, a tales efectos se acuerda librar oficio al Jefe de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Ofíciese. Cúmplase-