Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley ORDENA la apertura a juicio oral y público de la presente causa seguida al ciudadano Wilson José Calzadilla Ruiz, venezolano, nacido en fecha 22-09-84, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.074.371, de profesión u oficio Militar, residenciado en el Batallón de Ingeniería Bamajo, Carúpano, Estado Sucre (lugar donde se encuentra destacado) por la presuntamente comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, todo de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fase de Juicio de este Circuito Judicial Penal.- Es todo.- Terminó, se leyó y conformes firman.-