En mérito a las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible la demanda de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL incoada por los abogados en ejercicio FRANCISCO SANCHEZ y FERNAND J. SERRANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 79.751 y 101.851, respectivamente, y con domicilio procesal en la Avenida Francisco de Miranda con Avenida Fernández de Zerpa, Edificio Residencia Villa Franca, Piso 01, Oficina o2 de esta Ciudad de Cumaná, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, actuando en su carácter de Apoderados de la ciudadana CARMEN LUCIA RODRIGUEZ MAESTRE, quien es mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-8.650.527 y domiciliada en el Conjunto Residencial Jardines del Manzanare.....