En consecuencia precisado lo anterior, este Tribunal en el proceso de ejecución aplicó el procedimiento establecido en la presente sentencia ordenándose notificar al presidente de la Compañía anónima CANTV para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de su notificacion presentara propuesta sobre el cumplimiento de la sentencia de autos, notificación que se certificó en fecha veintidós de mayo del 2014 por lo que de acuerdo a las razones expuestas , se niega la reposición solicitada para la notificación al Procurador de la República Bolivariana de Venezuela, y se insta a las partes a UNA AUDIENCIA CONCILIATORIA A CELEBRARASE EN FECHA 17-06-2014 a las 10:30 a.m- . Y ASI QUEDA ESTABLECIDO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.-
La jueza,
Abg. Albelu Villarroel