Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta por la ciudadana Miguelina La Rosa, contra de la Alcaldía del Municipio Bermúdez del estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago a la querellante, tanto de las prestaciones sociales, como de los intereses moratorios causados. Se ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de determinar las cantidades adeudadas a la misma por estos conceptos.
TERCERO: Se niega la solicitud de pago del bono de alimentación y la indexación.