DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano JOSÉ RAMÓN PÉREZ PÉREZ, venezolano, natural de Guiria del Estado Sucre, de 33 años de edad, nacido en fecha: 10/08/82, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 16.892.004, agricultor, hijo de José David Pérez y Cruz Pérez, con domicilio en Valle Verde, sector primero de marzo, casa S/N, cerca del polideportivo Municipio Valdez, del Estado Sucre,, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias de Ley, por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley de Drogas, en la modalidad de OCULTACIÓN, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se Acuerdan las copias solicitadas. Remítase la.....