Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley Declara: SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Segunda en Materia Penal de Responsabilidad del Adolescente, Beatriz E. Plánez de la Cruz, actuando en su condición de Representante Legal del adolescente XXXXXXXX, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº XXXXX, natural de esta ciudad, de 17 años de edad, nacido en fecha 03/04/1.997, soltero, sin oficio, hijo de Karellys José Gutiérrez Correa, residenciado en XXXXXXX, procesado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE CÓMPLICE NECESARIO, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en relación con el artículo 84 numeral 3 ejusdem, en perjuicio del .....