En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos, CECILIO ANTONIO FARIAS GONZALEZ y MARIA LUISA PIÑERÚA MEJIAS, quienes son, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.339.187 y V-3.339.968, respectivamente, con domicilio el primero en Cumaná, Estado Sucre y la segunda en Juangriego, Municipio Marcano, del Estado Nueva Esparta, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, JESUS E MARIN GAMBOA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 32.233, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Altagracia, Municipio.....