Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda la designación de Defensor Público para que asista a los adolescentes omissis 1, omissis 2 y omissis 3 antes identificados, y en consecuencia se ordena notificar a la Unidad de Defensoría Pública, a los fines de que el defensor correspondiente realice la aceptación del mismo.