DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano Pedro Roberto Bravo Fermín, quien venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha: 25-07-88, titular de la Cédula de Identidad N° 22.922.516, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: Tunapuy, Municipio Libertador, estado Sucre, Calle Santa Rosa, Casa S/N°, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal; en perjuicio del ciudadano Cruz Mendelson Caraballo; por lo cual cumplirá presentaciones Periódicas durante el plazo de Un (01 ) Año, cada Treinta (30) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial P.....