este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Se actualiza el computo de pena al penado JOEL ALFREDO ACUÑA RIVAS Titular de la Cédula de Identidad No-15.290.426; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1° y artículo 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, considerando que en la actualidad el referido penado tiene cumplida una pena de CINCO (05) AÑOS, CUATRO (04) MESES, ONCE (11) DÍAS Y DOCE (12) HORAS. Le falta por cumplir DOS (02) AÑOS, SIETE (07) MESES DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS que serán cumplidos en fecha 23-05-2010 a las Doce (12) Horas. En la actualidad el penado opta a la formula Alternativa de Cumplimiento de pena de Libertad condicional por haber cumplido mas de las Dos Terceras (2/3) partes de la pena, vale decir, mas de Cinco (05) Años y Cuatro (04) Meses y Optará a la conmutac.....